¿Quiebra a lo “Hágalo Usted Mismo”? La Radical Nueva Insolvencia Para Microempresas en España

1.0 Introducción: El Problema de Quebrar en España

En España, hablar de microempresas es hablar del motor de la economía. A finales de septiembre de 2022, constituían más del 93% del tejido empresarial total, una cifra abrumadora que, lejos de ser coyuntural, refleja una estructura consolidada (a cierre de 2020, la ratio era de casi un 96%). Históricamente, sin embargo, cuando estas pequeñas empresas se enfrentaban a dificultades financieras, el sistema diseñado para ayudarlas a menudo hacía todo lo contrario. El antiguo «concurso de acreedores» no era percibido como una solución, sino como una sentencia de muerte, lastrado por sus elevados costes, su larga duración y una rigidez procesal asfixiante.

Esta percepción no es una exageración; era una realidad dolorosa para innumerables empresarios que veían el sistema como un enemigo. Como se describió de manera contundente en un análisis de la firma Uría Menéndez:

«los pequeños empresarios terminaban por ver en el concurso de acreedores no un aliado, sino un verdugo; no una solución para subvenir la situación de insolvencia, sino el camino a su patíbulo particular.»

Para cambiar radicalmente esta dinámica, el 1 de enero de 2023 entró en vigor una solución ambiciosa y disruptiva: el nuevo «procedimiento especial para microempresas» (PEM). Diseñado desde cero, este sistema busca transformar la insolvencia de una condena a una herramienta de reestructuración viable y accesible.

2.0 Cinco Realidades Sorprendentes del Nuevo Sistema

El nuevo procedimiento especial para microempresas (PEM) no es una simple actualización; es una reinvención completa con características que pueden parecer contraintuitivas. A continuación, exploramos cinco de sus realidades más sorprendentes.

2.1. La insolvencia, ahora un proyecto «hágalo usted mismo»

La característica más radical del PEM es la ausencia, por regla general, de un administrador concursal nombrado por el juzgado. Por defecto, es el propio deudor quien gestiona su procedimiento de insolvencia.

En la práctica, esto significa que el empresario es responsable de tareas críticas como preparar el inventario de activos y la lista de acreedores, e incluso de notificar por correo electrónico todas las resoluciones clave del proceso a dichos acreedores. Este enfoque «hágalo usted mismo» conlleva un riesgo inmenso. La ley establece una presunción iuris et de iure (que no admite prueba en contrario) según la cual un error grave en los formularios oficiales puede provocar automáticamente que el procedimiento sea calificado como «culpable».

Se considera que existe un «error grave» cuando la inexactitud en el importe total del activo, pasivo, ingresos o gastos es superior al 20%, siempre que la diferencia sea de al menos 10.000 €.

Por qué es importante: El objetivo es reducir drásticamente los costes y acelerar el proceso, pero se sustituyen los honorarios profesionales por una carga de alto riesgo sobre empresarios que ya se encuentran bajo una enorme presión.

2.2. El silencio otorga: la sorprendente regla del voto acreedor

El sistema invierte la lógica tradicional en la votación de los «planes de continuación», que son la herramienta para reestructurar la empresa y asegurar su viabilidad. La ley establece una regla sorprendente para la aprobación por parte de los acreedores.

Si un acreedor afectado por el plan no emite su voto, su silencio se computa como un voto a favor del plan. Esta regla de «aprobación por silencio» no puede conducir a una validación final automática («tácita») del plan en ciertos casos, como cuando hay acreedores públicos implicados o si la mayoría necesaria para la aprobación solo se alcanza gracias a los votos silenciosos.

Por qué es importante: Es un mecanismo diseñado agresivamente para favorecer la reestructuración y evitar que un único acreedor, por inacción o desinterés, pueda bloquear un plan viable. Prioriza la velocidad y la recuperación sobre el principio tradicional del consentimiento explícito.

2.3. Más bisturí que pala: una herramienta de rescate, no solo de liquidación

Un análisis económico del Banco de España ha revelado una evidencia clave sobre el impacto conductual de la reforma. Tras la entrada en vigor del PEM, el aumento en la propensión a solicitar el concurso fue, en términos relativos, mayor en las empresas «vulnerables» (con fragilidad financiera, pero no deterioradas en extremo) que en las «muy vulnerables».

Este hallazgo es muy significativo, pues sugiere que el PEM está logrando su objetivo de funcionar como una herramienta para la reestructuración temprana, incentivando a las empresas a actuar antes de que la situación sea irreversible. Tal como señala el estudio, las compañías con una situación patrimonial frágil «encontraron especialmente atractivo este nuevo procedimiento». Esto contrasta frontalmente con el antiguo sistema, que las empresas evitaban hasta que ya era demasiado tarde. Los datos también muestran un aumento lento pero constante en el uso del PEM desde su introducción en el primer trimestre de 2023, lo que indica un proceso gradual de aprendizaje y generación de confianza.

Por qué es importante: Esta evidencia sugiere un posible cambio cultural. La reforma podría estar reposicionando con éxito la insolvencia como una herramienta estratégica para la supervivencia, que era precisamente uno de sus principales objetivos.

2.4. La red de seguridad rota: un «olvido» que desprotege a los trabajadores

El magistrado Francisco Cano Marco ha señalado una consecuencia grave y no intencionada del nuevo sistema que afecta directamente a los empleados de las microempresas.

El problema específico radica en el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), el organismo que paga los salarios pendientes de los trabajadores en caso de insolvencia de la empresa. Para tramitar las reclamaciones, FOGASA requiere certificaciones emitidas por un administrador concursal. Dado que el PEM generalmente no cuenta con esta figura, no existe un procedimiento claro para que los trabajadores puedan acceder a estos fondos. El magistrado califica este problema como:

«un olvido del legislador»

Aunque los créditos de los trabajadores están protegidos y no pueden ser reducidos en un plan de continuación, esta laguna administrativa supone una barrera práctica muy significativa para que puedan cobrar del fondo de garantía.

Por qué es importante: Esto revela un fallo crítico en una reforma por lo demás ambiciosa. En el esfuerzo por agilizar el proceso para los empresarios, se ha pasado por alto una protección crucial para sus empleados, creando una notable incertidumbre jurídica y un potencial desamparo.

2.5. El privilegio intocable: los acreedores públicos mantienen su ventaja

A pesar de su carácter innovador, el PEM mantiene un trato especial y protegido para los créditos de organismos públicos, principalmente la Agencia Tributaria (AEAT) y la Seguridad Social.

Estos créditos públicos a menudo quedan excluidos de medidas clave. Por ejemplo, la suspensión de ejecuciones no suele aplicarse a ellos, y están blindados frente a las quitas (recortes) y esperas (aplazamientos) que otros acreedores deben aceptar en un plan de continuación. Además, existen requisitos de notificación muy estrictos: el deudor debe comunicar a la AEAT la solicitud de un procedimiento de continuación en un plazo de 72 horas. Si no lo hace, las deudas tributarias quedan automáticamente excluidas de cualquier medida de reestructuración.

Por qué es importante: La deuda pública suele ser uno de los mayores pasivos de una microempresa en dificultades. Esta protección especial puede complicar, o incluso frustrar, las posibilidades de una reestructuración exitosa, socavando potencialmente uno de los objetivos centrales de la nueva ley.

3.0 Conclusión: Un audaz experimento en curso

El nuevo procedimiento especial para microempresas es, sin duda, un intento radical y necesario para resolver un problema histórico que afectaba a la inmensa mayoría de las empresas españolas.

Introduce herramientas innovadoras y potencialmente muy eficaces, como el enfoque autogestionado y las reglas que favorecen la reestructuración. Sin embargo, también presenta desafíos prácticos y preguntas sin respuesta, como la grave laguna en la protección de los trabajadores a través de FOGASA o la enorme responsabilidad que recae sobre el deudor.

Se han sentado las bases para un nuevo enfoque, pero queda por ver si este audaz experimento de rescate empresarial logrará finalmente empoderar a las pequeñas empresas para sobrevivir, o si sus complejidades ocultas crearán una nueva generación de problemas.